La Organización
nace durante la Primera Reunión de los Países
de América Latina a través de la Resolución
N° 3.-
RESOLUCION
N° 3 sobre el entendimiento de una red operativa
de cooperación regional de Autoridades Marítimas
Las Autoridades Marítimas
de Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador,
México, Panamá, Paraguay, Perú, Uruguay
y Venezuela, asistentes a la Primera Reunión sobre
Cooperación Marítima Regional entre Países
Sudamericanos, México y Panamá, celebrada
en Santiago de Chile del 17 al 21 de octubre de 1983.-
Reconociendo que los objetivos
de seguridad y eficiencia exigidos por el transporte
marítimo internacional solo podrán ser alcanzados
mediante la ratificación, aceptación, o aprobación
de los Convenios Internacionales sobre seguridad marítima
y prevención de la contaminación por buques,
formulados por la organización Marítima Internacional,
con respecto de los cuales dicha Organización actúa
en calidad de depositaria, Conscientes de que para la efectiva
puesta en práctica de los convenios, se requiere
de órganos administrativos nacionales competentes,
capaces de dirigir y controlar con efectividad el cumplimiento
de las normas en el ámbito de sus jurisdicciones
nacionales,
Reconociendo la necesidad
de formar, capacitar y entrenar personal técnico
en los niveles de competencia requeridos para el desempeño
idóneo de funciones técnicas en las administraciones
nacionales,
Convencidas de la efectividad
y el valor de la cooperación técnica de países
en desarrollo como complemento de la cooperación
técnica internacional,
Resuelven:
1. Establecer una Red
Operativa de Cooperación Regional de Autoridades
Marítimas, para la integración de esfuerzos
e intercambio de experiencias sobre las diversas materias
de su competencia, con vista a hacer más efectiva
la puesta en práctica de los convenios internacionales
de la organización Marítima Internacional
y de ahorrar esfuerzos;
2. Establecer con el
apoyo de la organización Marítima Internacional,
una Secretaría Provisional, en tanto se institucionaliza
esta red en forma efectiva y permanente;
3. Incluir entre las
actividades prioritarias de dicha Red de Cooperación
Regional las siguientes:
a) Intercambio de información
y documentación para poner en práctica los
convenios internacionales de la OMI y, en particular, información
sobre la reglamentación nacional referente a dichos
convenios;
b) Preparación de
manuales de carácter técnico y orden didáctico
sobre los convenios de la OMI, para inspectores de buques
y administradores marítimos; y alumnos de escuelas
náuticas, con la participación voluntaria
de las Autoridades Marítimas, y con el apoyo de los
coordinadores/ especialistas de la OMI en la región
y de los asesores técnicos en proyectos nacionales
de dicha Organización (en este último caso,
con la aprobación previa de los gobiernos competentes
y del PNUD);
4. Aceptar y agradecer
el generoso ofrecimiento de la Autoridad Marítima
del Perú para constituirse en Secretaría Provisional
de la Red de Cooperación Regional de Autoridades
Marítimas, con el apoyo ofrecido por la OMI, por
el período de un año, durante el cual se espera
la adopción por los Gobiernos y por las Autoridades
Marítimas de la Región de medidas para institucionalizar
esta Red en forma efectiva y permanente;
Reunirse dentro de un año
y facultar a la Secretaría provisional para que convoque
a la Segunda Reunión sobre Cooperación Marítima
Regional.- |