Guía Protocolar
PLATAFORMA CONTINENTAL - Determinación del Límite Exterior

DETERMINACION DEL LÍMITE EXTERIOR

El borde exterior del margen continental forma parte de las bases para la determinación del Límite Exterior de la Plataforma Continental, de acuerdo a lo establecido en el Art. 76 de la CONVEMAR.

A estos efectos se seleccionaron cuatro pie del talud entre el límite Norte con la República Federativa del Brasil y el límite Sur con la República Argentina.

Generando a partir de estos puntos el borde exterior del margen continental basado en la fórmula pie del talud + 60 millas marinas (fórmula Hedberg).

El borde exterior del margen continental uruguayo está definido por un conjunto de puntos fijos ubicados sobre la envolvente de arcos de 60 millas marinas trazados a partir de los pie del talud seleccionados.

Trazadas las líneas restrictivas descritas en el parágrafo 5 del Artículo 76, se verifica que todos los puntos fijos están ubicados más allá de ambas restricciones, aplicándose en este caso la restricción de 350 millas marinas desde las líneas de base.

De acuerdo a lo dispuesto en el parágrafo 7 del artículo 76, el Límite Exterior de la Plataforma Continental Uruguaya, está constituido por 45 puntos fijos unidos por líneas rectas  de no más de 60 millas marinas de longitud que unen puntos fijos, distantes 350 millas marinas de las líneas de base.

Construcción de la línea del Limite Exterior : líneas de restricción (isóbata de 2500 metros+100 millas marinas y la línea  350 millas marinas desde las líneas de base); el borde exterior del margen continental y la línea resultante que establece el Límite Exterior de la Plataforma Continental (350 millas marinas).

 

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